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Estructura organizativa

Estructura organizativa

El Consorcio del Transporte Público del área de Girona está formado por los siguientes órganos de gobierno, gestión y consulta.

Órganos

Los órganos del Consorcio son los siguientes
  • a) De gobierno:
    Presidente o presidenta.
    Consejo de Administración.
    Comité Ejecutivo.
  • b) De gestión:
    Gerente
  • c) De consulta y participación:
    Consejo territorial de la movilidad de la ATMG.
  • d) De asesoramiento:
    Comisión técnica de operadores de transporte público.
    Comisión de asesoramiento jurídico.
    Comisión técnica
    Comisión económica

Órganos de gobierno

Presidente: es el consejero de Territorio y Sostenibilidad o persona que designe.
Consejo de Administración: es el órgano rector del Consorcio. Lo forman inicialmente trece miembros: doce de pleno derecho en representación de las administraciones autonómica y local y uno en representación de la Administración General del Estado a título de observador, con voz pero sin voto.
Comité Ejecutivo: es el órgano reducido de dirección y administración del Consorcio, y está constituido por ocho miembros que deben ser miembros del Consejo de Administración.

Órganos de gestión

Gerente: el gerente desarrolla la gestión ordinaria del Consorcio y es nombrado por el Consejo de Administración a propuesta del presidente.

Órganos de consulta y participación

Consejo territorial de la movilidad de la ATMG: es el órgano de consulta y participación cívica y social en el funcionamiento del sistema de transporte público de viajeros y de la movilidad, en el ámbito competencial de la ATMG.

Órganos de asesoramiento

Comisión Técnica de Operadores de Transporte Público: es el órgano de asesoramiento del Consorcio en cuestiones de carácter técnico y económico y se compone de un representante de cada uno de los operadores públicos o privados que presten los servicios de transporte público.
Comisión de Asesoramiento Jurídico, Comisión Técnica y Comisión Económica: llevan a cabo las actividades de asistencia y asesoramiento jurídico, técnico y económico, respectivamente, que requieran los órganos de gobierno del Consorcio.

Secretaría

Según los estatutos, el Consorcio debe contar con una secretaría cuyo responsable actúa como secretario del Consejo de Administración y del Comité Ejecutivo.

 
Pl. Pompeu Fabra, 1 (Seu Generalitat Girona) 17002 – GIRONA